Herederos legales en Chile: Lo que debes saber sobre la sucesión

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Los herederos legales en Chile son aquellos que reciben bienes de una persona fallecida en ausencia de un testamento. La legislación fija quiénes son estos herederos y cómo se distribuyen los bienes. Existen distintos órdenes de sucesión que determinan quién tiene derecho a heredar. Es importante entender estos conceptos básicos para abordar el proceso de sucesión en caso de muerte de un familiar.

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Concepto de Herederos Legales en Chile

La figura de los herederos legales es un aspecto esencial en el contexto de la herencia en Chile. Esta categoría se refiere a aquellos individuos que adquieren derechos sobre los bienes de una persona fallecida cuando no existe un testamento que disponga lo contrario.

¿Quiénes son los Herederos Legales?

Los herederos legales, denominados también herederos abintestato, son aquellas personas que reciben la herencia de un causante Sin testamento. El Código Civil chileno regula de manera precisa quiénes tienen el derecho a heredar en ausencia de un documento testamentario. Este grupo se clasifica en diferentes órdenes que determinan la prioridad de herencia.

  • Descendientes directos del fallecido, como hijos y, en caso de que estos no existan, nietos.
  • Cónyuge o conviviente civil, quienes comparten la vida con el fallecido y son considerados herederos en primer lugar.
  • Ascendientes, como padres y abuelos, que entran en el segundo orden sucesorio si no hay descendientes.
  • Hermanos del fallecido, quienes representan el tercer orden en ausencia de los anteriores herederos.
  • Colaterales, los cuales son familiares hasta el sexto grado, que pueden heredar si no existen los grupos mencionados anteriormente.
  • Finalmente, en caso de no existir herederos en ninguno de los grupos, la herencia será transmitida al fisco.

Diferencias entre Herederos Legales y Herederos Forzosos

Es fundamental distinguir entre los herederos legales y los herederos forzosos. Los herederos forzosos son aquellos que, por disposición de la ley, deben ser incluidos en cualquier testamento, asegurando así su derecho a una parte de la herencia. Entre estos se encuentran:

  • Los hijos del causante.
  • El cónyuge sobreviviente.
  • Ascendientes.

En cambio, los herederos legales adquieren sus derechos a través de la normativa vigente en caso de que no existan disposiciones testamentarias. De esta manera, aunque todos los herederos forzosos son herederos legales, no todos los herederos legales son forzosos. Esta distinción es clave para comprender cómo se distribuyen los bienes en el proceso sucesorio en Chile.

Sucesión Intestada y Testamentaria

La sucesión puede llevarse a cabo de dos maneras: intestada o testamentaria, dependiendo de si existe un testamento que disponga sobre la distribución de los bienes del fallecido. Esta sección aborda las características de cada tipo de sucesión y sus implicancias legales.

Sucesión Intestada

La sucesión intestada ocurre cuando una persona fallece sin dejar un testamento o cuando el testamento existente no tiene valor legal. En este caso, la ley establece un orden claro para la distribución de los bienes. Este proceso se rige por el Código Civil chileno, que define los herederos legales y sus derechos.

Los herederos se agrupan en diversos órdenes de sucesión, donde cada orden tiene prioridad sobre el siguiente. Esta jerarquía de herederos asegura que los vínculos más cercanos al fallecido sean los primeros en recibir su patrimonio.

Existencia de Testamento

Si el fallecido dejó un testamento válido, la sucesión se considera testamentaria. En este caso, el testamento debe ser respetado, siempre que cumpla con la legislación vigente y contemple los derechos de los herederos forzosos. Sin embargo, existen situaciones donde un testamento puede ser declarado inválido, lo que conlleva a una sucesión intestada.

Es importante destacar que un testamento otorga al testador la libertad de distribuir sus bienes a quien desee, pero con regulaciones en cuanto a los herederos forzosos, quienes tienen derecho a recibir una parte de la herencia, independientemente de lo que disponga el testamento.

Órdenes de Sucesión

La sucesión en el contexto legal chileno se organiza en distintos órdenes. Cada orden determina claramente quiénes son los beneficiarios de la herencia y en qué proporción. Este sistema busca establecer una jerarquía que facilite la distribución de los bienes de una persona fallecida.

Primer Orden Sucesorio

El primer orden es el más privilegiado en la sucesión intestada. Incluye a los herederos directos más cercanos del fallecido.

Descendientes

Los descendientes son los hijos y, en su defecto, los nietos del fallecido. Este grupo tiene el derecho prioritario a heredar. Si hay hijos vivos, excluyen a todos los demás potenciales herederos, independientemente de su relación con el causante. Cada hijo comparte por igual la herencia, salvo que haya disposiciones diferentes en un testamento válido.

Cónyuge o Conviviente Civil

El cónyuge o conviviente civil del fallecido también forma parte de este primer orden sucesorio. En el caso de haber descendientes, el cónyuge o conviviente civil tiene derecho a heredar una porción de los bienes en conjunto con los hijos. Si no hay hijos, este grupo hereda en su totalidad, junto con el o los bienes del fallecido.

Segundo Orden Sucesorio

En el caso de que el fallecido no tenga descendientes, se aplica el segundo orden sucesorio, que incluye a los ascendientes y al cónyuge sobreviviente.

Ascendientes

Los ascendientes son los padres y, en su defecto, los abuelos del causante. Si no hay beneficiarios directos en el primer orden, los bienes se distribuyen entre ellos. Los padres tienen derecho a la herencia por partes iguales, mientras que los abuelos solo la recibirían en caso de que los padres no estén vivos.

Cónyuge Sobreviviente

El cónyuge sobreviviente también está incluido en este segundo orden, y su derecho a heredar existe en conjunto con los ascendientes. En ausencia de éstos, el cónyuge toma la totalidad de la herencia.

Tercer Orden Sucesorio

Si no hay descendientes, cónyuge ni ascendientes, entonces entra en juego el tercer orden sucesorio que beneficia a los hermanos del fallecido.

Los hermanos heredan por partes iguales. En caso de que algún hermano haya fallecido, sus hijos, es decir, los sobrinos del causante, pueden ocupar su lugar en la herencia.

Cuarto Orden Sucesorio

Este orden se activa en ausencia de los grupos mencionados previamente. Se refiere a los colaterales, que son parientes hasta el sexto grado. Estos incluyen primos, primas y otros parientes más distantes.

Los colaterales heredan de acuerdo a la cercanía de su relación con el fallecido, por lo que la herencia se divide en cuotas entre aquellos que se encuentren dentro de este rango de parentesco.

Quinto Orden Sucesorio

El quinto y último orden se aplica solo si no hay herederos en ninguno de los anteriores grupos. En este caso, la herencia se transfiere al fisco, quien se convierte en el beneficiario final de los bienes del fallecido. Esto ocurre cuando no existe ningún pariente legítimo que pueda reclamar la herencia.

Herederos Legales de un Soltero sin Hijos

La legislación chilena establece un orden específico de sucesión para aquellos casos en que una persona fallece sin dejar hijos y sin un testamento. En tales circunstancias, los bienes serán distribuidos de acuerdo a parientes cercanos en el orden establecido por la ley.

Ascendientes de Grado Más Próximo

En la ausencia de descendientes, la primera línea de herederos legales son los ascendientes del fallecido. Esto incluye a los padres y, si ellos han fallecido, a los abuelos. El Código Civil chileno prioriza a los ascendientes en la sucesión intestada, ya que se considera que ellos son los más cercanos y con derecho a recibir los bienes del causante.

Si el fallecido no tiene padres vivos, los abuelos adquieren derechos sobre la herencia. Esto significa que, en situaciones donde ambos progenitores han fallecido, los abuelos serían los siguientes en el orden de la sucesión. Estos herederos tienen derecho a recibir la herencia de forma equitativa, dividiendo los bienes de acuerdo a las normas legales vigentes.

Hermanos y Colaterales

Si no existen ascendientes, como los padres o abuelos, los siguientes herederos en el orden sucesorio son los hermanos del fallecido. Al igual que con los ascendientes, este grupo tiene derecho a heredar en partes iguales todos los bienes disponibles. En caso de que uno de los hermanos haya fallecido, sus derechos pueden ser transmitidos a sus propios hijos.

Por otra parte, si no hay descendientes ni ascendientes, la herencia pasará a los colaterales más lejanos, que se refiere a los parientes que no son descendientes directos ni ascendientes. Los colaterales pueden incluir a primos y otros familiares hasta el sexto grado de consanguinidad. En este caso, la ley pretende hacer una distribución que preserve el vínculo familiar, favoreciendo siempre a los parientes más cercanos.

  • Hermanos del fallecido.
  • Hijos de los hermanos (sobrinos).
  • Primos y otros colaterales hasta el sexto grado.

Derecho de Representación en Chile

El derecho de representación en Chile es una figura jurídica que permite a determinados herederos heredar en lugar de un causante que ha fallecido. Este mecanismo busca garantizar que la herencia sea transmitida a los descendientes más próximos del fallecido, especialmente en caso de que el causante haya dejado descendencia fallecida antes que él.

Nietos como Herederos Legales

En el contexto de la sucesión intestada, los nietos pueden actuar como herederos legales si su padre o madre, que sería el hijo del fallecido, ha fallecido antes que este. Esta representación se da en todos los órdenes sucesorios, asegurando así que la línea de descendencia directa se mantenga, incluso cuando un hijo no esté presente para heredar.

La ley establece que los nietos tienen derechos iguales a los de sus padres en la sucesión. Por lo tanto, si un nieto hereda, lo hace en lugar de recibir una porción de la herencia que pertencería a su padre o madre fallecido. Esto significa que se distribuye la herencia en partes iguales entre los nietos, garantizando que cada uno de ellos reciba su porción correspondiente.

Casos Especiales

Existen situaciones específicas en las que el derecho de representación juega un papel crucial. Por ejemplo, si un heredero directo del fallecido (como un hijo) ha renunciado a su derecho de herencia, sus hijos (los nietos del causante) pueden entrar en este derecho como sustitutos.

Otras circunstancias especiales incluyen:

  • Cuando hay herederos en distintas ramas familiares, la representación asegura que los descendientes del heredero no presente no se vean excluidos de la herencia.
  • Casos en que un heredero es incapaz de heredar, como en el caso de ciertos impedimentos legales, activando así el derecho de representación.
  • La representación también puede aplicarse a sobrinos en situaciones donde no haya descendientes directos y se deba considerar la línea colateral.

El derecho de representación se consolida como un mecanismo valioso en el derecho sucesorio chileno, reflejando la importancia de mantener la continuidad familiar en la herencia.

Proceso de Posesión Efectiva

El proceso de Posesión Efectiva es un trámite fundamental para que los herederos puedan acceder a los bienes del fallecido. Este procedimiento formaliza la transmisión de la herencia y habilita a los herederos para disponer de los bienes heredados de manera legal.

Trámite ante el Servicio de Registro Civil

El primer paso en el proceso de Posesión Efectiva implica la gestión del trámite ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. Este organismo es el encargado de recibir y procesar las solicitudes de Posesión Efectiva, asegurando que todos los herederos sean reconocidos formalmente.

El procedimiento generalmente comienza con la solicitud del certificado de Posesión Efectiva. Los herederos deben estar debidamente identificados y presentar su solicitud en persona. Puede ser útil obtener asesoría legal para asegurarse de que todos los detalles se manejen correctamente.

Documentación Necesaria

La tramitación de la Posesión Efectiva requiere la presentación de una serie de documentos que evidencien tanto el fallecimiento del causante como la relación de parentesco de los herederos. Esta documentación es crucial para validar la solicitud y llevar a cabo el proceso sin contratiempos.

  • Certificado de defunción: Este documento es esencial, ya que confirma el fallecimiento de la persona y es el punto de partida para cualquier trámite sucesorio.
  • Certificado de matrimonio: Si el fallecido estaba casado, es necesario presentar este certificado para validar la relación con el cónyuge sobreviviente.
  • Documentos de identidad de los herederos: Cada heredero debe presentar su cédula de identidad. Esto es fundamental para establecer sus derechos hereditarios.
  • Pruebas de parentesco: En caso de que algún heredero no sea inmediato, es posible que se requieran documentos que demuestren la relación de parentesco con el causante, como certificados de nacimiento de los hijos o de los padres.
  • Inventario de bienes: Es recomendable presentar una lista detallada de los bienes que forman parte de la herencia, así como su valoración inicial.

Valoración de los bienes

La valoración de la masa hereditaria es un aspecto clave dentro del proceso de Posesión Efectiva. Incluir un inventario bien elaborado permite tener claridad sobre el conjunto de bienes a entregar a los herederos y facilita la posterior declaración del impuesto a las herencias.

Asesoría Legal

Contar con asesores legales durante el trámite puede contribuir significativamente a que el proceso se desarrolle de manera fluida. Los profesionales del área pueden ofrecer apoyo en la recopilación de documentos y en la presentación de la solicitud de Posesión Efectiva, minimizando posibles inconvenientes.

Posesión Efectiva Intestada

La Posesión Efectiva Intestada es el proceso legal mediante el cual se formaliza la herencia de bienes de una persona que falleció sin haber dejado un testamento. Este procedimiento permite que los herederos legales puedan acceder a los bienes del causante y gestionar su distribución de acuerdo con la legislación chilena.

Registro de Propiedad

El registro de propiedad es un paso crucial en el proceso de Posesión Efectiva Intestada. Tras haber determinado quiénes son los herederos, estos deben proceder a inscribir los bienes que forman parte de la herencia a su nombre. La inscripción en el Registro de Propiedad garantiza que los herederos tengan un título claro sobre los bienes, evitando futuras disputas y asegurando los derechos sobre los mismos.

Para realizar el registro, los herederos deben presentar la documentación necesaria, que incluye el certificado de Posesión Efectiva. Este certificado, obtenido ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, es un documento que acredita que los herederos tienen derecho a disponer de los bienes del fallecido. La inscripción debe realizarse en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente al lugar donde se sitúan los inmuebles heredados. Esto garantiza que todos los trámites estén en regla y que los derechos sobre las propiedades sean reconocidos legalmente.

Inventario de Bienes

El inventario de bienes es un paso fundamental para la Posesión Efectiva Intestada. Consiste en listar de manera detallada todos los bienes que conforman la herencia, incluyendo tanto los activos inmuebles como muebles. Este inventario debe ser presentado ante el Servicio de Registro Civil e Identificación al solicitar el certificado de Posesión Efectiva.

Para elaborar un inventario completo, es esencial considerar los siguientes aspectos:

  • Descripción de cada bien: Incluir detalles como la ubicación, características y valor aproximado de cada inmueble o objeto de valor.
  • Documentación de derechos: Presentar pruebas de propiedad, como títulos de inscripción, escrituras de compraventa, y cualquier otro documento que demuestre la titularidad de los bienes listados.
  • Deudas o cargas: Incluir deudas asociadas a los bienes, tales como hipotecas o préstamos, que deberán ser consideradas en el valor total de la herencia.

El inventario no solo permite una adecuada valoración de la masa hereditaria, sino que también es fundamental para el cálculo del Impuesto a las Herencias. Un inventario bien elaborado puede prevenir conflictos entre herederos y facilitar la distribución equitativa de los bienes. Es aconsejable que este proceso sea realizado bajo la asesoría de un abogado o un notario que pueda guiar a los herederos en el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes.

Declaración y Pago del Impuesto a las Herencias

El proceso de declaración y pago del impuesto a las herencias es un aspecto fundamental en la sucesión de bienes en Chile. Este trámite es necesario para formalizar la transferencia de propiedades de una persona fallecida a sus herederos, cumpliendo con las obligaciones fiscales establecidas por la ley.

Servicio de Impuestos Internos

El Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de la administración tributaria en Chile. En el contexto de las herencias, este organismo regula el impuesto que deben pagar los herederos sobre los bienes heredados. La tasa de este impuesto es progresiva, lo que significa que aumenta con el valor de la masa hereditaria.

Al realizar la declaración, es fundamental que los herederos presenten la información completa y veraz sobre los bienes recibidos. Esto incluye no solo propiedades inmuebles, sino también bienes muebles, acciones, instrumentos financieros y cualquier otro activo de valor que haya pertenecido al causante. Además, los herederos deben tener en cuenta las deudas que existieron al momento del fallecimiento, ya que estas también influirán en la valoración de la herencia.

Valoración de la Masa Hereditaria

La valoración de la masa hereditaria se refiere al proceso de cuantificar el total de bienes y deudas que conforman la herencia. Esta valoración es crucial para determinar la base imponible sobre la cual se calculará el impuesto a las herencias.

Los pasos fundamentales en la valoración son:

  • Realizar un inventario detallado de todos los bienes del fallecido, incluyendo inmuebles, vehículos, cuentas bancarias y otros activos.
  • Establecer el valor de cada uno de los bienes, utilizando tasaciones de bienes raíces si es necesario o, en su defecto, los valores de mercado correspondientes.
  • Incluir las deudas u obligaciones pendientes que tenía el fallecido al momento de su muerte, ya que estas se restarán del total de la masa hereditaria.

La correcta valoración es esencial para el adecuado cálculo del impuesto, ya que las erogaciones impositivas tienen un impacto importante en el patrimonio que recibirán los herederos.

Una vez realizada la valoración y cumplido con los trámites de declaración ante el SII, los herederos deberán validar los montos y realizar el pago correspondiente, cumpliendo con sus obligaciones fiscales para evitar problemas legales futuros.

Derechos y Obligaciones de los Herederos

Los herederos poseen derechos y obligaciones que deben ser cumplidas en el proceso sucesorio, lo que les garantiza el acceso a los bienes del fallecido y la responsabilidad que ello conlleva. Estos aspectos son vitales para asegurar una adecuada gestión de la herencia y el cumplimiento de la ley.

Derechos Hereditarios

Los derechos hereditarios aseguran que los herederos puedan acceder a los bienes que les corresponden según la ley. Estos derechos incluyen lo siguiente:

  • Derecho a la herenciaCada heredero tiene el derecho a recibir una parte de la herencia que le corresponde, de acuerdo al orden de sucesión establecido en el Código Civil chileno.
  • Derecho a administrar los bienes heredadosLos herederos tienen la facultad de gestionar y administrar los bienes que han recibido en herencia. Esto incluye la posibilidad de disponer de ellos, aunque en algunos casos puede requerirse consenso entre los herederos.
  • Derecho a ser informadoCada heredero tiene derecho a ser informado sobre el estado de la herencia, incluyendo la existencia de bienes, deudas y cualquier otro aspecto relevante a la sucesión.
  • Derecho a reclamar la herenciaLos herederos tienen la posibilidad de reclamar su derecho a la herencia ante los tribunales si sienten que no se les ha respetado su parte de acuerdo a la ley.

Cesión de Derechos Hereditarios

La cesión de derechos hereditarios es un procedimiento mediante el cual un heredero transfiere su parte de la herencia a otra persona. Esta transferencia puede realizarse de diversas formas.

  • Cronología del proceso de cesiónEl proceso de cesión se debe realizar formalmente, lo que generalmente implica un contrato escrito entre las partes involucradas, que debe ser validado ante notario.
  • Consecuencias de la cesiónUna vez realizada la cesión, el nuevo cesionario asume los derechos correspondientes de la parte hereditaria. Esto significa que podrá gestionar y disfrutar de los bienes que antes pertenecían al cedente.
  • Implicaciones fiscalesLa cesión de derechos hereditarios puede tener implicaciones fiscales, ya que puede considerarse como una transmisión de patrimonio sujeta a impuestos. Es fundamental que los herederos consulten con un abogado o experto en el tema para comprender el impacto fiscal de la cesión.

Plazos y Costos del Trámite Sucesorio

El proceso sucesorio en Chile conlleva plazos específicos y gastos asociados que deben ser considerados para su correcta ejecución. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes sobre los plazos y los costos vinculados al trámite sucesorio.

Unidades Tributarias Anuales

Las Unidades Tributarias Anuales (UTA) son un referente importante en el sistema chileno, utilizado para calcular impuestos y otros tributos. Este sistema permite que las tasas fiscales se ajusten anualmente, facilitando un estándar que se puede aplicar a diferentes contextos económicos.

El valor de la UTA puede variar cada año, lo que influye directamente en el costo del trámite sucesorio. Al momento de realizar el proceso de sucesión, es esencial conocer el valor vigente de la UTA para determinar las tarifas aplicables. En 2024, la UTA es particularmente relevante para calcular los costos de la declaración de herencia y los impuestos correspondientes.

Costos Asociados al Trámite

Los costos que involucra el trámite sucesorio dependen del valor total de la masa hereditaria. Estos gastos pueden clasificarse en diferentes categorías, que se describen a continuación:

  • Si el valor total de la masa hereditaria es igual o menor a 15 UTA, el trámite es gratuito. Esta es una ventaja considerable, ya que permite a los herederos acceder a la herencia sin incurrir en costos adicionales.
  • Para una masa hereditaria que supera las 15 UTA y llega hasta las 45 UTA, se debe pagar un arancel que varía según el monto declarado. Este arancel es progresivo y está diseñado para que los costos se ajusten al valor de los bienes.
  • En casos donde el valor de la herencia supere las 45 UTA, corresponde aplicar otro tipo de cobro, que puede incluir tasas adicionales. Es fundamental tener claridad sobre la tasación de los bienes para evitar sorpresas en este punto.

Además de los costos relativos a las UTA, es esencial considerar que existen otros gastos adicionales relacionados con la documentación requerida para el trámite, los cuales pueden incluir certificaciones o valoraciones de bienes. Estos costos son variables y dependen de la naturaleza de los activos que se heredan.

Por lo tanto, mantenerse informado sobre el valor de la UTA y los aranceles asociados al proceso sucesorio es crucial para planificar adecuadamente el trámite y evitar contratiempos financieros inesperados.

Importancia del Testamento

El testamento juega un papel fundamental en el proceso sucesorio, ya que permite que el fallecido exprese su voluntad sobre cómo se deben distribuir sus bienes. Tener un testamento claro y bien redactado es crucial para facilitar la gestión de la herencia y prevenir posibles conflictos entre los herederos.

Testamento y Herederos Forzosos

Los herederos forzosos, como los hijos, cónyuge o ascendientes, tienen derechos reconocidos por la ley que les garantizan al menos una parte de la herencia. Un testamento debe contemplar a estos herederos, ya que cualquier disposición que intente desheredarlos podría ser impugnada judicialmente.

Al redactar un testamento, se debe tener en cuenta la porción legítima que corresponde a los herederos forzosos, que no puede ser disminuida por el testador. Esto asegura su reconocimiento y protección en el proceso sucesorio. En el caso de no especificar adecuadamente esta porción, puede haber incertidumbre y disputas entre los beneficiarios, incrementando el riesgo de controversias legales.

Minimizando Conflictos entre Herederos

Un testamento bien elaborado tiene el potencial de reducir significativamente los conflictos entre herederos. Al establecer claramente la distribución de los bienes y designar a los beneficiarios, el testador puede evitar malentendidos y desacuerdos posteriores.

Algunas de las claves para minimizar conflictos incluyen:

  • Claridad en la redacción: Un testamento debe ser lo más claro posible, especificando quién recibe qué bien y en qué proporción.
  • Designación de un albacea: Nombrar a una persona de confianza como albacea puede facilitar la ejecución del testamento y ayudar en la resolución de cualquier problema que pueda surgir.
  • Comunicación con los herederos: Compartir la información sobre el testamento y sus intenciones con los herederos puede evitar sorpresas y malentendidos, promoviendo una relación armoniosa entre ellos.
  • Revisión y actualización: Es importante revisar y actualizar el testamento conforme cambian las circunstancias familiares y patrimoniales. Esto asegura que las disposiciones se mantengan alineadas con la última voluntad del testador.

Contar con un testamento claro y bien estructurado permite que la voluntad del fallecido se respete y se lleve a cabo de manera eficiente y ordenada, minimizando las posibilidades de conflictos y asegurando una distribución justa de los bienes.

Dr Luis Camus, abogado inmobiliario

Luis Camus C

Abogado especialista en derecho de propiedad, ofreciendo soluciones legales personalizadas para garantizar tus derechos inmobiliarios en Chile.

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